ES
ES
Guía para la solicitud de autorización y operación de instituciones de financiamiento colectivo e instituciones de fondo de pago electrónico
11 enero 2019

A finales del 2018 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”) publicó en su portal la Guía para la Solicitud de Autorización para la Organización y Operación de Instituciones de Fondos de Pago Electrónico y la Guía para la Solicitud de Autorización para la Organización y Operación de Instituciones de Financiamiento Colectivo (conjuntamente las “Guías”), que tienen como finalidad establecer las directrices que servirán de apoyo para simplificar la presentación de la solicitud de autorización para organizar y operar una Institución de Tecnología Financiera, (la(s) “Empresa(s) Fintech”) en términos de lo dispuesto en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (“Ley Fintech”).

Antecedentes.

La Ley Fintech fue publicada mediante decreto en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”) el 9 de marzo de 2018 y entró en vigor el 10 de marzo del mismo año. El 10 de septiembre de 2018, la CNBV emitió las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera (las “Disposiciones”) con la finalidad de establecer el marco normativo que otorgue certeza jurídica a los integrantes del sistema financiero mexicano, así como, complementar la regulación establecida en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Fintech.

Contenido de las Guías.

Las Guías están compuestas por el conjunto de requisitos que establece la Ley Fintech y las Disposiciones, para efectos de obtener la autorización por parte de la CNBV para organizarse y operar como una Empresa Fintech (la “Solicitud”), así como la descripción de la normativa y orientaciones sobre el cumplimiento de cada requisito en particular, y la información complementaria necesaria de adjuntar a la Solicitud.

Los temas más relevantes que se desarrollan en las Guías son los siguientes: (i) El contenido y forma de presentación de la Solicitud, entre esta encontramos información concreta de los accionistas que integrarán a la Empresa Fintech; (ii) los requisitos mínimos de capital social; el origen de los recursos, y el plan de negocios; (iii) la documentación e información relacionada con la Solicitud, que deberá contener: los poderes de los promoventes; proyecto de estatutos sociales; las políticas de separación de cuentas; las políticas de divulgación de riesgos y las responsabilidades por la realización de las operaciones y políticas de solución de posibles conflictos de interés en la realización de sus actividades, así como los anexos referidos en las Disposiciones; (iv) el plan de negocios relativo al funcionamiento integral de las Empresas Fintech; (v) el estudio de viabilidad financiera: las Empresas Fintech deberán contar con un modelo de proyección financiera de los primeros tres años de operación, en el que deberán establecer los recursos que mantendrán para una adecuada operación, y (vi) prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo: las Empresas Fintech deberán presentar un Manual de Cumplimiento que contenga sus políticas de identificación y conocimiento del cliente.

Conclusiones.

De acuerdo con las estadísticas publicadas en el portal de Finnovista[1], a finales del 2017 México contaba con 334 Empresas Fintech, de las cuales 125 de ellas surgieron en ese mismo año. Si bien a inicios del año 2018 el índice de adopción del mercado mexicano de servicios Fintech era del 35% (tan solo 5% por debajo de Brasil) posicionándose como líder en emprendimiento Fintech de América Latina, en los sectores Tecnologías Empresariales para Instituciones Financieras, Trading y Mercado de Capitales, Gestión Patrimonial y Puntaje alternativo, Identidad y Fraude, el crecimiento del 40% en México dentro del último año continúa posicionando al país como uno de los ecosistemas Fintech más atractivos de Latinoamérica.

La postura por parte de la CNBV al publicar las Guías se traduce en un intento por homologar los procesos novedosos requeridos para la incorporación y operación de una Empresa Fintech.

Los abogados del despacho estamos a sus órdenes para cualquier consulta o comentario relacionado a este tema.

Atentamente

Rodrigo López - rlopez@ksa.mx

Mariela Hinojosa - mhinojosa@ksa.mx